lunes, 6 de febrero de 2012

Principios

Principios (LOSNCP)
Art.  4.-  Principios.-  Para la aplicación de esta Ley y de los contratos que de ella deriven, se observarán los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad; y, participación nacional.

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