domingo, 5 de febrero de 2012

Modelo de Pliegos Menor Cuantía Obras





MODELO DE PLIEGOS


MENOR CUANTÍA OBRAS

Versión 1.2 Marzo/2010
Actualizado en función de las resoluciones INCOP Nos. 037-09 (27 de noviembre de 2009), 038-09 (9 de diciembre de 2009) y 039-2010 (27 de febrero de 2010)




(Nombre de la Entidad Contratante)



                        CÓDIGO DEL PROCESO: (MCO) - (Siglas Entidad) –  (Número correlativo) - (Año)



Objeto de Contratación: (Tipo de contratación – Objeto del proceso de contratación)







(Ciudad) (Fecha)

MENOR CUANTÍA OBRAS

            (CÓDIGO DEL PROCESO)


ÍNDICE


SECCIÓN I CONVOCATORIA

SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACION

SECCIÓN  III CONDICIONES GENERALES
3.1 Responsable de la Contratación
3.2 Participantes
3.3 Inhabilidades
3.4 Modelos Obligatorios de Pliegos
3.5 Obligaciones del Oferente
3.6 Modificación de los Pliegos
3.7 Convalidación de Errores de Forma
3.8 Causas de Rechazo
  3.9 Sorteo de Oferentes Calificados
  3.10 Adjudicación y Notificación
  3.11 Garantías
3.12 Cancelación del Procedimiento
3.13 Declaratoria de Procedimiento Desierto
3.14 Adjudicatario Fallido
3.15 Proyecto del Contrato
3.16 Moneda de Cotización y Pago
3.17 Reclamos
3.18 Administración del Contrato
3.19  Fiscalización
3.20  Control Ambiental

SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECÍFICAS
4.1 Vigencia de la Oferta
4.2 Plazo de Ejecución
4.3 Oferta Económica
4.4 Forma de Pago
4.5 Metodología de Evaluación de las Ofertas
4.6 Sorteo
4.7 Fiscalización
4.8 Obligaciones del Contratista
4.9 Obligaciones de la Entidad Contratante
4.10  Ejecución del Contrato
            4.10.1 Inicio, Planificación y Control de Obra
            4.10.2 Cumplimiento de Especificaciones
            4.10.3 Personal del Contratista
            4.10.4 Materiales
            4.10.5 Vigilancia y Custodia
            4.10.6 Trabajos Defectuosos o no Autorizados
            4.10.7 Pagos
            4.10.8 Formularios para la elaboración de la Cferta Técnica
4.11 Cronograma del Procedimiento
4.12  Aceptación del Presupuesto Referencial
4.13 Anexos de las  Condiciones Específicas (serán preparados por la  entidad contratante)
4.13.1 Especificaciones Técnicas
4.13.2  Planos del Proyecto
4.13.3 Presupuesto Referencial
            4.13.4 Equipo Mínimo Solicitado

SECCIÓN V PROYECTO DE CONTRATO

SECCIÓN VI MODELOS DE FORMULARIOS
Formulario No.1          CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
Formulario No.2          TABLA DE DESCRIPCIÓN DE RUBROS. UNIDADES,                                                            CANTIDADES Y PRECIOS.
Formulario No. 3         DATOS GENERALES DEL OFERENTE
Formulario No.4         EQUIPO ASIGNADO AL PROYECTO
Formulario No.5          EXPERIENCIA DEL OFERENTE
Formulario No.6                      CRONOGRAMA VALORADO DE TRABAJOS
Formulario. No.7        REFERENCIA  RESOLUCIÓN INCOP 037-09 (que sustituye a la Resolución INCOP No. 028-09)











MENOR CUANTÍA OBRAS

            (CÓDIGO DEL PROCESO)


SECCIÓN I

CONVOCATORIA



De acuerdo con los Pliegos de Menor Cuantía para Ejecución de Obra, elaborados por (nombre de la entidad contratante), aprobados por (máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado) mediante Resolución No. (número y fecha), se convoca a los profesionales, y micro o pequeñas empresas que estén habilitadas en el Registro Único de Proveedores, RUP, para realizar ejecución de obra, a las asociaciones o consorcios de éstas, o a los compromisos de asociación o consorcio de aquellas, domiciliados en el cantón donde surta efectos la ejecución de obra, legalmente capaces para contratar, a que presenten sus ofertas para (DESCRIPCIÓN DE LA OBRA Y/O PROYECTO).

Los oferentes que participen individualmente o en asociación deberán estar inscritos y habilitados como proveedores en el Registro Único de Proveedores -RUP-, conforme lo dispone el artículo 18 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública   -LOSNCP- En caso de participar como asociaciones, consorcios o compromisos de asociación o consorcio, los proveedores asociados deberán obligatoriamente ser profesionales, micro o pequeñas empresas habilitadas en el RUP para realizar ejecución de obra, y domiciliadas en el cantón donde surtirá efectos la ejecución de obra.

El Presupuesto Referencial es de (valor en números y letras) dólares de Estados Unidos de América, más el IVA, y deberá ser aceptado incondicionalmente por el proveedor interesado, a través del procedimiento establecido en el portal www.compraspublicas.gov.ec.

El plazo estimado para la ejecución del Contrato es de (días, meses o años), contado a partir de la fecha que se estipule en el contrato.

Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes:

1.- Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en el portal www.compraspublicas.gov.ec, de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -LOSNCP-, únicamente el oferente que resulte adjudicado, una vez recibida la notificación de la adjudicación, pagará a la entidad el valor de (valor en números).

2.- Los interesados podrán formular preguntas  a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec  en un término máximo de 72 horas, contado a partir de la fecha de publicación, de acuerdo a lo que establezca la entidad contratante.  La Comisión Técnica absolverá las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en un término no mayor a 72 horas.

3.- La oferta técnica se presentará en la Secretaría de la Comisión Técnica, ubicada en (dirección de la entidad contratante), hasta las (hora a criterio de la entidad) del día (fecha), de acuerdo con lo establecido en el  Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP-.   La apertura de las ofertas se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de las ofertas técnicas.

4.- La oferta debe presentarse por la totalidad de la contratación.

5.- La evaluación de las ofertas técnicas presentadas físicamente, se realizará aplicando la metodología “cumple o no cumple” (check list), siempre y cuando el oferente hubiere aceptado a través del portal www.compraspublicas.gov.ec, el presupuesto referencial establecido por la entidad contratante.

6.- Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del Presupuesto de la (Entidad Contratante), relacionada con la partida presupuestaria (nombre y número). Los pagos se realizarán contra presentación de planillas por avance de obra, de conformidad con lo indicado en el proyecto de contrato.

7.- El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del INCOP y los presentes Pliegos.


(Ciudad y fecha)


FIRMA DE LA MÁXIMA AUTORIDAD (O SU DELEGADO)
DE LA ENTIDAD CONTRATANTE










MENOR CUANTÍA OBRAS

            (CÓDIGO DEL PROCESO)


SECCIÓN II

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN



Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar la oferta de Mejor Costo, en los términos del numeral 18 del artículo 6 y del artículo 52 de la LOSNCP, para la construcción de: (Descripción del objeto del contrato, ubicación, características, extensión, etc.)
































MENOR CUANTÍA OBRAS
(CÓDIGO DEL PROCESO)


SECCIÓN  III

CONDICIONES GENERALES



3.1 Responsable de la Contratación: La máxima autoridad de la entidad contratante será la responsable del proceso. No existe la figura de la Comisión Técnica.

3.2 Participantes: La convocatoria está abierta para los profesionales, micro y pequeñas empresas, asociaciones o consorcios de estas, o compromisos de asociación domiciliados en el cantón donde surtirá efectos la ejecución de la obra, que tengan interés en participar en este procedimiento y se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores, RUP, en la categoría correspondiente.

En caso de participar como asociaciones, consorcios o compromisos de asociación o consorcio, los proveedores asociados deberán obligatoriamente ser profesionales, micro o pequeñas empresas habilitadas en el RUP para realizar ejecución de obra, y domiciliadas en el cantón donde surtirá efectos la ejecución de obra.

Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, para la participación en este tipo de procedimiento, se designará un Procurador Común de entre ellos, que actuará a nombre de los comprometidos. En caso de ser adjudicados, los comprometidos deberán constituirse en asociación o consorcio e inscribir tal persona jurídica en el RUP, previa la firma del contrato, dentro del término previsto para la firma del mismo; en caso contrario, se declarará a los integrantes del compromiso de asociación o consorcio como adjudicatarios fallidos.

3.3 Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, las personas que incurran en las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los artículos 62 y 63 de la LOSNCP,  y 110 y 111 del Reglamento General de la LOSNCP.

De manera obligatoria, los oferentes deberán llenar el formulario establecido en la Resolución INCOP No. 037-09, de 27 de noviembre de 2009.

3.4 Modelos Obligatorios de Pliegos: El oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta utilizando el modelo de pliego establecido por el INCOP.
         (Conforme a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento General de la LOSNCP, cada Entidad Contratante deberá completar los modelos obligatorios. La entidad Contratante, bajo su responsabilidad, podrá modificar y ajustarlos a las necesidades particulares de cada proceso de contratación, siempre que se cumpla con la LOSNCP y su Reglamento General, y el contenido de la información de la oferta se solicite a través de los formularios que son parte del modelo de pliegos).

3.5 Obligaciones del Oferente: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.

3.6 Modificación de los Pliegos: La entidad contratante podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el portal www.compraspublicas.gov.ec.

Asimismo, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, podrá cambiar el cronograma con la motivación respectiva; el cambio será publicado en el portal www.compraspublicas.gov.ec y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa de respuestas y aclaraciones.

3.7 Convalidación de Errores de Forma: Si se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en un término de entre 2 a 5 días, contado a partir de la fecha de notificación, a criterio de la entidad contratante. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP. En este caso, la entidad contratante podrá recibir físicamente los documentos correspondientes.

 La entidad contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del portal www.compraspublicas.gov.ec en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados.

Si la entidad contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.


3.8 Causas de Rechazo: Luego de evaluada la oferta técnica, la entidad contratante podrá rechazarla por las siguientes causas:

3.8.1 Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales, especificaciones  técnicas y formularios de estos pliegos.

3.8.2  Si se hubiera entregado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello.

3.8.3 Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados por no se errores de forma. Los errores de forma deberán ser obligatoriamente notificados al oferente respectivo, para que pueda convalidarlos.

3.8.4  Si el contenido de los formularios presentados difiere del solicitado en los pliegos, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que se alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato.  

3.8.5 Si se presentaren documentos con tachaduras o enmiendas no salvadas cuando no puedan ser convalidadas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del  Reglamento General de la LOSNCP.

Una oferta será descalificada en cualquier momento del proceso, si se comprobare falsedad o adulteración de la información presentada.

La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas. Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.

3.9 Sorteo de oferentes calificados: Los oferentes que hayan aceptado el presupuesto referencial, y cuya oferta técnica haya sido calificada por la entidad contratante, serán sometidos a un sorteo público realizado a través del Portal.

3.10 Adjudicación y Notificación: La máxima autoridad de la entidad contratante, con base en el resultado del sorteo público, adjudicará al beneficiario       del mismo, a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec.

3.11 Garantías: En este contrato se deberán presentar las garantías             previstas en los artículos 73, 74, 75 y 76 de la LOSNCP.

3.11.1 La garantía de fiel cumplimiento del contrato, que se rendirá por un valor igual al 5% del monto total del contrato. No se rendirá esta garantía si el presupuesto referencial de la obra es menor a 0,000003 del Presupuesto Referencial del Estado del correspondiente ejercicio económico.

3.11.2 La garantía del anticipo que respalde el 100% del valor recibido por este  concepto.

3.11.3 Las garantías técnicas, en el caso de que se contemple la provisión o instalación de  equipos a las obras.

Las garantías indicadas en el numeral anterior serán entregadas, en cualquiera de las formas establecidas en el Artículo 73 de la LOSNCP. Sin embargo, para la garantía indicada en el numeral 3.11.1 del numeral anterior, únicamente será rendida en las formas establecidas en numerales 1, 2 y 5 del artículo 73 de la LOSNCP.

La garantía técnica cumplirá las condiciones establecidas en el artículo 76 de la LOSNCP, caso contrario se la remplazará por una de las garantías señaladas en el artículo 73 de la LOSNCP, por el valor total de los bienes.

Las garantías se devolverán conforme lo previsto en el Artículo 77 de la LOSNCP.

El valor máximo por concepto de anticipo en contratos de ejecución de obra será del cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato.

3.12 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

3.13 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la Entidad Contratante, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los casos previstos en los numerales 1, 2 y 4 el artículo 33 de la LOSNCP.

Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad de la Entidad Contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, (la máxima autoridad) podrá disponer su archivo o su reapertura.

3.14 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la Entidad Contratante le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al INCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP.

Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo114 del Reglamento General de la LOSNCP, la entidad contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato.  Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido.

3.15 Proyecto del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contado a partir de la misma, la entidad contratante  formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos,  de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112  y 113 de su Reglamento General.

3.16 Moneda de Cotización y Pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

3.17 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta,  se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP, según el procedimiento que consta en los artículos 150 al 159 de su Reglamento General.

3.18     Administración del Contrato: La entidad contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.

El administrador del contrato velará porque la fiscalización actúe de acuerdo con las especificaciones constantes en los pliegos y en el propio contrato.

3.19  Fiscalización:  Velará por la correcta ejecución de la obra, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, especificaciones técnicas, cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores y normas técnicas aplicables. La fiscalización podrá ser realizada por servidores de la entidad o por terceros, de ser el caso.

3.20 Control ambiental: El contratista deberá realizar todas las actividades en observancia de las normas ambientales vigentes.




MENOR CUANTÍA OBRAS
(CÓDIGO DEL PROCESO)


               SECCIÓN  IV

               CONDICIONES ESPECÍFICAS



4.1 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta (determinar vigencia), de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP.

4.2 Plazo de Ejecución: El plazo de ejecución de la obra es de (meses o días), contado a partir de lo estipulado en el contrato.

4.3 Oferta económica: El oferente deberá aceptar el presupuesto referencial fijado por la entidad contratante, la que también deberá elaborar la tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precio que justifique el valor establecido como presupuesto referencial, el que representará la ejecución total de la obra contratada.

El presupuesto referencial del proceso (determinar número de proceso) es: (establecer el valor en letras y números).

4.4 Forma de Pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en el Numeral 6 de la Convocatoria y en el Proyecto de Contrato.

·Anticipo:                                                      (establecer porcentaje -no mayor a 50 por ciento-)

· Valor restante de la obra: mediante pago contra presentación de planillas (establecer periodo: mensual, bimensual, etc.), debidamente aprobadas por la Fiscalización. De cada planilla se descontará la amortización del anticipo y cualquier otro cargo al contratista, que sea en legal aplicación del Contrato.

4.5 Metodología de evaluación de las ofertas: En este tipo de procedimientos, la evaluación de la oferta técnica se realizará utilizando la metodología “cumple o no cumple” (check list), a fin de que la entidad contratante verifique el cumplimiento de las especificaciones técnicas previstas en los pliegos. No existe oferta económica, sino aceptación expresa a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec del presupuesto referencial realizado por la entidad contratante.

4.6 Sorteo: De acuerdo a lo establecido en el artículo 51 de la LOSNCP y el artículo 59 de su Reglamento General, de entre los proveedores calificados, que previamente hayan manifestado su aceptación expresa del presupuesto económico determinado por la entidad contratante, la misma herramienta informática del procedimiento a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec, realiza el sorteo del proveedor, el que será adjudicado por la entidad contratante.

4.7 Fiscalización: La entidad contratante, en función de la debida ejecución del objeto de la contratación, establecerá las atribuciones del fiscalizador, sobre la base del siguiente esquema:

            4.7.1 Funciones y Atribuciones del Fiscalizador: (La Entidad Contratante las          establecerá en función del objeto del contrato).

4.7.2 Suspensión de los Trabajos: La fiscalización dispondrá la suspensión de una parte o de la totalidad de la obra, en cualquier momento y por el período que considere necesario, en los siguientes casos: (La entidad contratante establecerá las causales en función del objeto del contrato).

4.8 Obligaciones del contratista:

4.8.1 El contratista debe recibir los permisos y autorizaciones que se necesiten para la ejecución correcta y legal de la obra, en los términos establecidos en el Contrato. El contratista por su parte deberá dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (letreros de peligro, precaución, etc.,), para la debida protección del público, personal de la Fiscalización y del contratista mismo, especialmente si los trabajos afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos.

4.8.2 Los sueldos y salarios se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país. El contratista deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal,   sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador. Las mismas disposiciones aplicarán los subcontratistas a su personal.

Serán también de cuenta del contratista y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social.

4.9 Obligaciones de la Entidad Contratante:

4.9.1 Dar solución a las peticiones y problemas que se presenten en la ejecución del Contrato, en un plazo (número de días) contados a partir de             la petición escrita formulada por el contratista.

            4.9.2 Proporcionar al contratista los documentos,  permisos y autorizaciones que se necesiten para la ejecución correcta y legal de la obra, y realizar las gestiones que le corresponda efectuar al Contratante, ante los distintos organismos públicos, en un plazo (número de días) contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.

4.9.3 En caso de ser necesario, celebrar los contratos complementarios en un plazo (número de días) contados a partir de la decisión de la máxima autoridad.

            4.9.4 Designar al Administrador del contrato.

            4.9.5 Designar a la Fiscalización del Contrato.

            4.9.6 Entregar oportunamente (Ej.: los terrenos, materiales, equipos, etc) previstos en el contrato, en tales condiciones que el contratista pueda iniciar inmediatamente el desarrollo normal de sus trabajos; siendo de cuenta de la entidad los costos de expropiaciones, indemnizaciones, derechos de paso y otros conceptos similares.

            4.9.7 La Contratante será responsable de obtener todos los permisos ambientales que requiere la obra para su ejecución (Licencia Ambiental), así como la vigilancia de la ejecución del plan de Manejo Ambiental, mitigaciones y/o compensaciones.

4.10  Ejecución del Contrato:

                                             4.10.1 Inicio, Planificación y Control de Obra: El contratista iniciará los trabajos dentro del plazo establecido en el contrato. En el plazo contractual, el contratista analizará conjuntamente con la fiscalización el avance de los trabajos, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su Oferta para la ejecución de (nombre de la obra). Por razones no imputables al contratista, reprogramará y actualizará el cronograma valorado de trabajos y el programa de uso de personal y equipos.

                                             4.10.2 Cumplimiento de Especificaciones: Todos los trabajos deben   efectuarse en estricto cumplimiento de las disposiciones del contrato y de las especificaciones técnicas, y dentro de las medidas y tolerancias establecidas en planos y dibujos aprobados por (Entidad Contratante), y el contratista observará las instrucciones del fiscalizador. En caso de que el contratista descubriera discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al fiscalizador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva. Cualquier obra que realice antes de la decisión de la fiscalización será de cuenta y riesgo del contratista.

4.10.3 Personal del contratista: El contratista empleará personal técnico y operacional en número suficiente para la ejecución oportuna de las obras, y con la debida experiencia.

4.10.4 Materiales: Todos los materiales, instalaciones, suministros y demás elementos que se utilicen en la ejecución del contrato, cumplirán íntegramente las especificaciones técnicas de la oferta, y a su falta, las instrucciones que imparta la fiscalización.

4.10.5 Vigilancia y Custodia: El contratista tiene la obligación de cuidar las obras a él encomendadas hasta la recepción definitiva de las mismas, para lo cual deberá proporcionar el personal y las instalaciones adecuadas.

4.10.6 Trabajos Defectuosos o no Autorizados: Cuando la fiscalización determine que los trabajos realizados o en ejecución fueran defectuosos, por causas imputables al contratista, por el empleo de materiales de mala calidad o no aprobados, por no ceñirse a los planos, especificaciones correspondientes o a las instrucciones impartidas por la fiscalización, ésta ordenará las correcciones y/o modificaciones a que haya lugar. Podrá ordenar la demolición y reemplazo de tales obras, todo a cuenta y costo del contratista.

          4.10.7 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del Contrato. En caso de retención indebida de los pagos al contratista se cumplirá el Artículo 101 de la LOSNCP.

4.10.8 Formularios para la elaboración de la oferta técnica: El oferente incluirá en su oferta la información que se determina en los formularios que constan en la sección VI.  Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita.

4.10.8.1 Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso, que incluye la aceptación del presupuesto establecido por la entidad contratante (Formulario No.1).

4.10.8.2 Datos generales del oferente (Formulario No.3).

4.10.8.3 Lista de equipo asignado al proyecto,  con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.4).

4.10.8.4 Detalle de trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos dos años (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 5).

4.10.8.5  El cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 6).

4.10.8.6 Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.037-09, Formulario No.7).

NOTA: De acuerdo a lo  dispuesto en la resolución INCOP No. 012-09 de 5 de marzo de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos.

4.11 Cronograma del procedimiento: La Entidad Contratante establecerá el cronograma del procedimiento de menor cuantía de obras, el que será publicado a través  del Portal www.compraspublicas.gov.ec , y contendrá la siguiente información:


Concepto
Día
Hora

Fecha de Publicación


Fecha de Aceptación del Proveedor


Fecha Límite de Preguntas


Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones


Fecha Límite de Entrega de Oferta Técnica


Fecha de Apertura de Ofertas


Fecha  Estimada de Adjudicación




El término para la convalidación de errores será de (número de días). (La Entidad Contratante está obligada a cumplir con esta fase de manera responsable, analizando todos los errores de forma susceptibles de convalidación, a fin de realizar las notificaciones respectivas).

Si la entidad contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados, para lo cual se tomará en cuenta el siguiente cronograma que contemplará una nueva fecha de adjudicación:


Concepto
Día
Hora
Fecha Límite para solicitar convalidación de errores


Fecha Límite para convalidación errores


Fecha estimada de Adjudicación





4.12 Aceptación del presupuesto referencial:  Previamente a la entrega de la oferta técnica, el oferente deberá aceptar a través del portal www.compraspublicas.gov.ec el presupuesto referencial que la entidad contratante ha establecido para la ejecución de la obra. La entidad contratante deberá adjuntar en los pliegos la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios que justifiquen el valor del presupuesto referencial propuesto (formulario No.2).

Carátula del sobre de la oferta:


MENOR CUANTÍA OBRAS

                   (CODIGO DEL PROCESO)
                    
OFERTA TÉCNICA
Señor:                                                                                                                              
(Máxima autoridad de Entidad Contratante)
Presente

PRESENTADA POR: ____________________________________


No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción.

El funcionario designado de la entidad contratante recibirá la oferta y conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción.

4.13   Anexos de las  Condiciones Específicas (serán preparados por la  entidad contratante):

4.13.1 Especificaciones Técnicas:
Se incluirán las especificaciones técnicas del proyecto, considerando todos los rubros a contratarse; los estudios y diseños previos, completos, definitivos y actualizados correspondientes; y, los estudios de prevención/mitigación de impactos ambientales, para lo cual la entidad deberá cumplir la normativa ambiental aplicable respecto de la contratación. La descripción abarcará el rubro, procedimiento de trabajo, materiales a emplearse, requisitos, disponibilidad del equipo mínimo para la ejecución del rubro, ensayos, tolerancias de aceptación, forma de medida y pago, en la medida de que sean necesarios.  
(ESTABLECER AQUÍ LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS)
4.13.2  Planos del Proyecto:
a.   Los planos completos son parte de los pliegos, y se publicarán en el portal www.compraspublicas.gov.ec como un anexo; si el tamaño del archivo supera la capacidad de almacenamiento prevista en el portal, se publicarán en la página web de la entidad contratante y estarán a disposición en forma magnética respecto de los proveedores interesados.
b.         Todos los planos deben llevar las firmas de responsabilidad y el número de la licencia profesional de los diseñadores y de quienes aprobaron los documentos, incluyendo a quienes fiscalizaron los respectivos diseños.
(ANEXAR EN ESTE NUMERAL LOS PLANOS RESPECTIVOS)
4.13.3 Presupuesto Referencial: El Presupuesto Referencial es (Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante, con sujeción al Plan Anual de Contrataciones respectivo). Deberá contarse con la certificación presupuestaria respectiva, y se adjuntará el detalle de los rubros correspondientes.
4.13.4 Equipo Mínimo Solicitado: La lista del equipo debe ser elaborada por la entidad contratante de manera general, sin indicación de tipo, marca o modelo; de ser el caso se indicarán alternativas. No se incluirán equipos no indispensables para la ejecución del contrato o que se requieran para fabricar un producto que puede ser adquirido comercialmente. La entidad contratante calificará la disponibilidad y no la propiedad del equipo mínimo.





MENOR CUANTÍA OBRAS
(CÓDIGO DEL PROCESO)


SECCIÓN V

PROYECTO DE CONTRATO


COMPARECIENTES

Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte  (Nombre de la Entidad Contratante), representada por el (Nombre de la máxima autoridad o su delegado), en calidad de (Cargo), a quien en adelante se le denominará la CONTRATANTE; y, por otra (Nombre del contratista y de ser el caso del representante legal), a quien en adelante se le denominará  el CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas

Cláusula Primera.- ANTECEDENTES

1.01.- De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP- , y 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla la ejecución de:  (describir objeto de la contratación).
                  
1.02.- Previos los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de  la CONTRATANTE resolvió aprobar los pliegos de la Menor Cuantía Obras  (MC-O No.) para (describir objeto de la contratación).

1.03.- Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria (No.),  conforme consta en la certificación conferida por (funcionario competente), mediante documento (identificar certificación).

1.04.- Se realizó la respectiva convocatoria el (día) (mes) (año), a través del portal www.compraspublicas.gov.ec.

1.05.- Luego del proceso correspondiente, la máxima autoridad de la CONTRATANTE o su delegado, mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la ejecución de la obra (establecer objeto del contrato) al oferente (nombre del adjudicatario y de ser el caso la representación legal y el nombre).

Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO

Forman parte integrante del Contrato  los siguientes documentos:

a) Los Pliegos incluyendo las especificaciones técnicas, planos y diseños del proyecto que corresponden a la obra contratada.

b) La oferta presentada por el CONTRATISTA.

c) Los demás documentos de la oferta del adjudicatario.

d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA.

e) La resolución de adjudicación.

f) Las certificaciones de (Dirección Financiera o dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.

Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con el contrato.

Cláusula Tercera.- INTERPRETACION Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

3.01.- Los términos del Contrato deben interpretarse en su sentido literal, a fin de  revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:

1)Cuando los términos estén definidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, o en este contrato, se atenderá su tenor literal.

2) Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato, 

3)El  contexto  servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.

4)En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.
    
3.02.-     Definiciones.- En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:

a) "Adjudicatario", es el oferente a quien la máxima autoridad de la (Nombre de la CONTRATANTE) le adjudica el contrato;

b) "Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el proceso licitatorio, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, los pliegos aprobados, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.

c) “INCOP”, Instituto Nacional de Contratación Pública.

d) “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

e) "Oferente", es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado a Menor Cuantía Obras;

f) "Oferta", es la propuesta para contratar, ceñida a los pliegos, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución del proyecto. (nombre del proyecto);

Cláusula Cuarta.- OBJETO DEL CONTRATO
4.01.- El CONTRATISTA se obliga para con  la CONTRATANTE a ejecutar, terminar y entregar a entera satisfacción de la CONTRATANTE (determinar detalladamente el objeto de la contratación).
Se compromete al efecto, a realizar dicha obra, con sujeción a su oferta,  planos, especificaciones  técnicas generales y particulares de la obra, anexos, instrucciones de la entidad y demás documentos contractuales, tanto los que se protocolizan en este instrumento, cuanto los que forman parte del mismo sin necesidad de protocolización, y respetando la normativa legal aplicable.

En la ejecución de la obra se utilizarán materiales de primera calidad; será realizada por el CONTRATISTA utilizando las más avanzadas técnicas, con los métodos más eficientes y eficaces, con utilización de mano de obra altamente especializada y calificada; tanto el CONTRATISTA como sus trabajadores y subcontratistas, de haberlos, emplearán diligencia y cuidado en los trabajos, de tal modo que responden hasta por culpa leve.

4.02.- Corresponde a el CONTRATISTA proporcionar la dirección técnica, proveer la mano de obra, el equipo y maquinaria requeridos, y los materiales necesarios para ejecutar debidamente la obra de acuerdo al cronograma de ejecución de los trabajos y dentro del plazo convenido, a entera satisfacción de la CONTRATANTE.

4.03.- Queda expresamente establecido que constituye obligación de el CONTRATISTA ejecutar conforme a las especificaciones técnicas, todos los rubros detallados en la Tabla de Cantidades y Precios que consta en el (formulario No. 2) de su oferta y que constituye parte integrante del contrato.

Cláusula Quinta.- PRECIO DEL CONTRATO

5.01.- El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de (Cantidad exacta en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA.

5.02.- Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar.

Cláusula Sexta.- FORMA DE PAGO

6.01.-  La CONTRATANTE entregará a el CONTRATISTA, en  un plazo máximo de (número) días, contados desde la celebración del Contrato en calidad de anticipo; el valor de (hasta un máximo del 50 %) del valor del contrato, en dólares de los Estados Unidos de América.

El anticipo que  la CONTRATANTE haya otorgado al CONTRATISTA para la ejecución de la obra objeto de este contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.

6.02.- El valor restante de la obra, esto es, (establecer el porcentaje en letras) por ciento (%), se cancelará mediante pago contra presentación de planillas (establecer periodo: mensual, bimensual, etc.), debidamente aprobadas por la Fiscalización. De cada planilla se descontará la amortización del anticipo y cualquier otro cargo al CONTRATISTA legalmente establecido.

No habrá lugar a alegar mora de parte de la CONTRATANTE, mientras no se amortice la totalidad del anticipo otorgado.

6.03.- La amortización del anticipo entregado se realizará conforme lo establecido en la Disposición General Sexta del reglamento general de la LOSNCP.

6.04.- Entregada la planilla por el CONTRATISTA, la Fiscalización, en el plazo de (número) días la aprobará o formulará observaciones de cumplimiento obligatorio para el CONTRATISTA, y de ser el caso continuará en forma inmediata el trámite y se procederá al pago dentro del plazo de (número) días contados desde la aprobación. Si la Fiscalización no aprueba o no expresa las razones fundadas de su objeción, transcurrido el plazo establecido, se entenderá que la planilla se halla aprobada y debe ser pagada por la CONTRATANTE.

En cada planilla de obra ejecutada, el fiscalizador calculará el reajuste de precios provisional, aplicando las fórmulas de reajuste que se indican en el contrato.

El Fiscalizador realizará el reajuste definitivo tan pronto se publiquen los índices del INEC que sean aplicables.

6.05. Discrepancias.- Si existieran discrepancias entre las planillas presentadas por el CONTRATISTA y las cantidades de obra calculadas por la fiscalización, ésta notificará al CONTRATISTA las discrepancias encontradas. Si no se receptara respuesta, dentro de los (número) días laborables siguientes a la fecha de la notificación, se entenderá que el CONTRATISTA ha aceptado la liquidación hecha por la fiscalización y se dará paso al pago. Cuando se consiga un acuerdo sobre tales divergencias, se procederá como se indica en el penúltimo inciso del numeral 6.08 de esta cláusula.

6.06.- La CONTRATANTE pagará las planillas previa aprobación de la Fiscalización; se evitará caer en el retardo injustificado de pagos, previsto en el artículo 101 de la LOSNCP.

6.07.- Todos los pagos que se hagan al CONTRATISTA por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción a los precios unitarios de los diferentes rubros y por las cantidades reales de trabajo realizado, a satisfacción de la CONTRATANTE, previa la aprobación de la fiscalización.

6.08.- En los (número de días) primeros días laborables de cada mes, la fiscalización y el CONTRATISTA, de forma conjunta, efectuarán las mediciones de las cantidades de obra ejecutadas durante los (establecer periodo: mensual, bimensual, etc.) anteriores. Se emplearán las unidades de medida y precios unitarios establecidos en la "Tabla de Cantidades y Precios" para cada rubro (formulario No. 2).

Las mediciones parciales de la obra realizada, no implican entrega por parte del CONTRATISTA ni recepción por parte de la CONTRATANTE; las obras serán recibidas parcial o totalmente, siguiendo el procedimiento estipulado para tal efecto.

Las cantidades de obra no incluidas en una medición por discrepancia u omisión, serán incluidas cuando se haya dirimido la discrepancia o establecido la omisión,  su pago se calculará conforme  a los precios unitarios correspondientes, más los reajustes respectivos, de haber lugar a ello.

Entre la recepción provisional y definitiva se efectuará una inspección cada (establecer periodo: mensual, bimensual, etc.) que comprobará el perfecto estado de la obra. En caso de existir objeciones por parte de la Fiscalización, el CONTRATISTA esta obligado a solucionarlos, si las objeciones presentadas son por causas imputables al CONTRATISTA, caso contrario se procederá a presentar las planillas que correspondan.

6.09.- Planillas de liquidación.- Junto con la solicitud de entrega-recepción provisional de las obras, el CONTRATISTA presentará una planilla del estado de cuenta final, salvo el rubro de mantenimiento o custodia de la obra hasta la recepción definitiva.

6.10.- Trámite de las planillas.- Para el trámite de las planillas se observarán las siguientes reglas:

1) Las planillas serán preparadas por capítulos y siguiendo el orden establecido en la "Tabla de Cantidades y Precios" (formulario No.2), con sujeción a los precios unitarios en  dólares de los Estados Unidos de América en los diferentes rubros y por las cantidades reales de trabajos ejecutados.

2) Dentro de los (establecer lapso de tiempo) de cada (establecer período), el CONTRATISTA preparará la correspondiente planilla y la someterá a consideración de la fiscalización.

3) Se adjuntarán los anexos de medidas, aprobaciones, pruebas de laboratorio y otros que correspondan.

4) Con las planillas, el CONTRATISTA presentará el estado de avance del proyecto y un cuadro informativo resumen en el que se precise el rubro, descripción, unidad, cantidad total y el valor total contratado; las cantidades y el valor ejecutado hasta el mes anterior y en el período en consideración; y, la cantidad y el valor acumulado hasta la fecha, expresado en  dólares de los Estados Unidos de América.

5)                         Los documentos mencionados en el numeral anterior, se elaborarán según el modelo preparado por la CONTRATANTE y será requisito indispensable para tramitar el pago de la planilla correspondiente.

6)  La fiscalización, en el (establecer plazo), aprobará u objetará la planilla.

7) Si la Fiscalización, en el plazo señalado, no aprueba o no expresa las razones fundamentadas para su objeción, transcurrido dicho plazo, se entenderá que la planilla  ha sido aprobada.

8)  Con la aprobación expresa o tácita continuará el trámite de pago.

6.11. Requisito previo al pago de las planillas.- Previamente al pago de las planillas el CONTRATISTA presentará el certificado de no adeudar al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social los aportes y fondos de reserva de los trabajadores que estuviese empleando en la obra y una copia de las planillas de pago al IESS, Sin este requisito la CONTRATANTE no realizará pago alguno, conforme a los Arts. 86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 465, de 30 de noviembre de 2001, excepto en el caso de que sus trabajadores y empleados estén bajo otro régimen legal de contratación.

6.12.- De los pagos que deba hacer, la CONTRATANTE retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el Contrato.

6.13. Pagos Indebidos.- La CONTRATANTE se reserva el derecho de reclamar a la CONTRATISTA, en cualquier tiempo, antes o después de la ejecución de la obra,  sobre cualquier pago indebido por error de calculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose la CONTRATISTA  a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la CONTRATANTE, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.

Cláusula Séptima.- GARANTÍAS

7.01.- En este contrato se rendirán las siguientes garantías (establecer las garantías que apliquen de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.11  de las condiciones generales de los pliegos que son parte del presente contrato).

(establecer con detalle las garantías que apliquen de acuerdo con el contrato)

Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 118 del Reglamento General de la LOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE, a través del Administrador del contrato.

7.02.- Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos:

     1) La de fiel cumplimiento del contrato.-

  Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al CONTRATISTA.

  Si la CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento.

          2) La del anticipo.-

    Si el CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento; y,

    En caso de terminación unilateral del contrato y que el CONTRATISTA no pague a la CONTRATANTE el saldo adeudado del anticipo, después de diez días de notificado con la liquidación del contrato.

            3) La técnica.-
·Cuando se incumpla con el objeto de esta garantía, de acuerdo con lo     establecido en los pliegos y este contrato.
Cláusula Octava.- PLAZO

8.01.- El plazo total para la ejecución y terminación de la totalidad de los trabajos contratados es de (establecer periodo en letras), contados a partir de (establecer si desde la fecha de la firma del contrato, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato), de conformidad con lo establecido en la oferta.

Cláusula Novena.- PRÓRROGAS DE PLAZO

9.01.- La CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos, y siempre que el CONTRATISTA así lo solicite, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de quince días siguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud.

     a) Por fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por el Administrador del Contrato, previo informe de la Fiscalización. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONTRATISTA está obligado a                               continuar con la ejecución de la obra, sin necesidad de que medie notificación por parte del Administrador del Contrato;

            b) Cuando la CONTRATANTE ordene la ejecución de trabajos adicionales, o cuando se produzcan aumentos de las cantidades de obra estimadas y que constan en la Tabla de Cantidades y Precios (formulario No.2), para lo cual se utilizarán las figuras del contrato complementario, diferencias en      cantidades de obra u órdenes de trabajo, según apliquen de acuerdo con la      LOSNCP;

            c) Por suspensiones en los trabajos o cambios de las actividades previstas    en el cronograma, motivadas por la CONTRATANTE u ordenadas por ella, a través de la Fiscalización, y que no se deban a causas imputables al CONTRATISTA; y,

     d) Si la CONTRATANTE no hubiera solucionado los problemas     administrativos-contractuales o constructivos en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución de los trabajos.

9.02.- En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido.

9.03.- Cuando las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización del administrador del Contrato y de la máxima autoridad de la CONTRATANTE, previo informe de la Fiscalización.

Cláusula Décima.- MULTAS

(El porcentaje para el cálculo de las multas lo determinará la Entidad en función del incumplimiento y del proyecto, por cada día de retraso, por retardo en el cumplimiento de las obligaciones contractuales según el cronograma valorado, o por el incumplimiento de otras obligaciones contractuales).

10.01.- Por cada día de retardo en el cumplimiento de la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, se aplicará la multa de (valor establecido por la CONTRATANTE, de acuerdo a la naturaleza del contrato. En ningún caso podrá ser menor al 1 por 1.000 del valor total del contrato reajustado y los complementarios, en caso de haberlos).

Cláusula Décima Primera.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS
(Esta Cláusula no será aplicable si las partes han establecido contractualmente la renuncia del reajuste de precios).

11.01.- En el caso de producirse variaciones en los costos de los componentes de los precios unitarios estipulados en este contrato, los costos se reajustarán, para efectos del pago del anticipo y de las planillas de ejecución de obra, desde la fecha de variación, mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

ESTABLECER EN ESTE ESPACIO LA FÓRMULA DE REAJUSTE

(Esta fórmula se deberá establecer con base en la fórmula general establecida en los artículos 127, 128 y 129 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública).

Cláusula Décima Segunda.- CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN

12.01.- El CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato. Sin embargo podrá subcontratar determinados trabajos, previa autorización de la CONTRATANTE, siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del 30% del valor total del contrato principal, y el subcontratista esté habilitado en el RUP.

(ESTABLECER AQUÍ LA CLÁUSULA DE SUBCONTRATACIÓN, DE CONVENIRSE).

12.02.- El CONTRATISTA será el único responsable ante la CONTRATANTE por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.

Cláusula Décima Tercera.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

13.01.- A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato y en las Condiciones Generales de Ejecución del Contrato, el CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y  sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.

13.02.- El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones  establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución de los trabajos, ni con el personal de la subcontratista.

13.03.-  El CONTRATISTA se compromete a ejecutar la obra sobre la base de los estudios con los que contó la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error,  falencia o cualquier inconformidad de dichos estudios, como causal para solicitar ampliación del plazo, contratación de rubros nuevos o contratos complementarios.  Los eventos señalados se podrán autorizar y contratar solo si fueren solicitados por la fiscalización.

Cláusula Décima Cuarta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE

14.01.- Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 4.9 de las condiciones específicas de los pliegos que son parte del presente contrato.

Cláusula Décima Quinta.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS, DIFERENCIA EN CANTIDADES DE OBRA U ÓRDENES DE TRABAJO.-

15.01 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios o convenir en la ejecución de trabajos bajo las modalidades de diferencias en cantidades de obra u órdenes de trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 85, 86, 87, 88 y 89 de la LOSNCP, y en los artículos 144 y 145 de su reglamento general.

Cláusula Décima Sexta.- RECEPCIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DE LAS OBRAS

16.01.- RECEPCIÓN PROVISIONAL: La recepción provisional se realizará, a petición del CONTRATISTA, cuando a juicio de éste se hallen terminados los trabajos contratados y así lo notifique a la CONTRATANTE y solicite tal recepción, en los términos del artículo 81 de la LOSNCP, y observando el artículo 122 de su reglamento general. 

La CONTRATANTE podrá presentar reclamos al CONTRATISTA, en el período que media entre la recepción provisional real o presunta y la definitiva, los que deberán ser atendidos en este lapso.

16.02.- RECEPCIÓN DEFINITIVA: Transcurrido el plazo de (establecer plazo, no menor a seis meses) desde la recepción provisional o de la declaratoria de recepción provisional presunta, el CONTRATISTA solicitará una nueva verificación de la ejecución contractual de la obra, a efectos de que se realice la recepción definitiva de la misma, debiéndose iniciar en el plazo de (indicar número de días) días contados desde la solicitud presentada por el CONTRATISTA.

16.03.- Si en esta inspección se encuentra algún defecto de construcción no advertido en la recepción provisional, se suspenderá el procedimiento, hasta que se lo subsane, a satisfacción de la CONTRATANTE y a costa del CONTRATISTA. Si el defecto fuere de menor importancia y a juicio de la CONTRATANTE puede ser subsanado dentro del proceso de recepción definitiva, se continuará con la misma, pero el Acta respectiva sólo se firmará una vez solucionado el problema advertido.

16.04.- Todos los gastos adicionales que demanden la comprobación, verificación y pruebas, aún de laboratorio, son de cuenta del CONTRATISTA.

16.05.- Si la CONTRATANTE no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el plazo de diez días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del CONTRATISTA notificará que dicha recepción se produjo, de acuerdo con el artículo 81 de la LOSNCP.

16.06.- Operada la recepción definitiva presunta, la CONTRATANTE tendrá el plazo de treinta días para efectuar la liquidación del contrato.

Si no lo hiciese, el CONTRATISTA podrá presentar su liquidación a la entidad. Si no se suscribe el acta de la liquidación técnico-económica en un nuevo plazo de treinta días, el CONTRATISTA notificará judicialmente con su liquidación a la CONTRATANTE.

16.07.- ACTAS DE RECEPCIÓN: En cuanto al contenido de las actas de recepción provisional y definitiva, se observará lo establecido en el artículo 124 del Reglamento General de la LONSCP.

16.08.- LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del Reglamento General de la LOSNCP.

Cláusula Décima Séptima.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

17.01 El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el articulo 1940 Ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

Cláusula Décima Octava.- MANTENIMIENTO DE LA OBRA

18.01.- El mantenimiento rutinario y vigilancia de la obra, entre la recepción provisional y la definitiva, estará a cargo del CONTRATISTA, para lo cual deberá proporcionar el personal y las instalaciones adecuadas.

Cláusula Décima Novena.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO

19.01 La CONTRATANTE designa al señor (nombres del designado), en calidad  de Administrador del Contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman parte del presente contrato.

Cláusula Vigésima.- TERMINACION DEL CONTRATO

20.01.- El Contrato termina:

1)Por cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales.

2)Por mutuo acuerdo de las partes, en los términos del artículo 93 de la LOSNCP.

3)Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido del CONTRATISTA.

4)Por declaración anticipada y unilateral de la  CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP, y en el artículo 2 de la Resolución INCOP No. 037-09 de 27 de noviembre de 2009; y,

5)Por [muerte del CONTRATISTA] / [disolución de la persona jurídica contratista, que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica].

6)Por causas imputables a la CONTRATANTE, de acuerdo a las causales constantes en el artículo 96 de la LOSNCP.

El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo  95 de la LOSNCP.

Cláusula Vigésima Primera.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
21.01.- Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de Mediación y Arbitraje (poner nombre del Centro).
Para que proceda el arbitraje en derecho, debe existir previamente el pronunciamiento favorable del Procurador General del Estado, conforme el artículo 190 de la Constitución de la República del Ecuador.

21.02.- En el caso de que se opte por la jurisdicción voluntaria, las partes acuerdan someter las controversias relativas a este contrato, su ejecución, liquidación e interpretación a arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente:

21.02.01.- Mediación.- Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, liquidación e interpretación, será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Mediación de (ciudad) en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este mecanismo de solución de controversias, las partes se someten al  Arbitraje de conformidad con las siguientes reglas:

21.02.02.- Arbitraje

  • El arbitraje será en Derecho;

  • Las partes se someten al Centro de Arbitraje de (…);

  • Serán aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del reglamento del Centro de Arbitraje de (…)

  • El Tribunal Arbitral se conformará por un árbitro único o de un número impar según acuerden las partes. Si las partes no logran un acuerdo, el Tribunal se constituirá con tres árbitros. El procedimiento de selección y constitución del Tribunal será el previsto en la Ley y en el Reglamento del Centro de Arbitraje (….)

  • Los árbitros serán abogados y preferiblemente con experiencia en el tema que motiva la controversia. Los árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de árbitros del Centro;

  • Los asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las sentencias de última instancia dictadas por la justicia ordinaria;

  • La legislación ecuatoriana es aplicable a este Contrato y a su interpretación, ejecución y liquidación;

  • La sede del arbitraje es la ciudad de….

  • El idioma del arbitraje será el Castellano

  • El término para expedir el laudo arbitral será de máximo 90 días, contados desde el momento de la posesión del (los) árbitro(s).
21.03.- Si respecto de la divergencia o divergencias suscitadas no existiere acuerdo, y las partes deciden someterlas al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa,  será competente para conocer la controversia el Tribunal Provincial de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad del sector público. Las entidades contratantes de derecho privado, en este caso, recurrirán ante la justicia ordinaria. (Para este numeral, los pliegos se ajustarán dependiendo de la condición jurídica de la CONTRATANTE).
21.04.- La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el CONTRATISTA renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este Contrato. Si el CONTRATISTA incumpliere este compromiso, la CONTRATANTE podrá dar por terminado unilateralmente el contrato y hacer efectiva las garantías.
Cláusula Vigésima Segunda: CONOCIMIENTO DE LA LEGISLACION
22.01.- El CONTRATISTA declara conocer y expresa su sometimiento a la LOSNCP y su Reglamento General, y más disposiciones vigentes en el Ecuador.
Cláusula Vigésima Tercera: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

23.01.- Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la Fiscalización y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos, cuya constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento y se registrarán en el libro de obra.

Cláusula Vigésima Cuarta.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS

24.01.- La CONTRATANTE efectuara al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias: actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta, de acuerdo al Artículo 45 de la Ley de Régimen Tributario Interno; con relación al Impuesto al Valor Agregado, procederá conforme a la legislación tributaria vigente.

La CONTRATANTE retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenase y que corresponda a mora patronal, por obligaciones con el Seguro Social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo al Arts. 86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el Registro Oficial, Suplemento No. 465, de 30 de noviembre de 2001.

24.02.- Es de cuenta del CONTRATISTA el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados. El número de ejemplares que debe entregar el CONTRATISTA a (la CONTRATANTE) es de  xxx copias. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA.

Cláusula Vigésima Quinta.- DOMICILIO

25.01.- Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer domicilio)

25.02.- Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:

La CONTRATANTE: (Dirección y teléfonos);

El CONTRATISTA:(Dirección y teléfonos)

Cláusula Vigésima Sexta.- ACEPTACION DE LAS PARTES

26.01.- Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.













               MENOR CUANTÍA OBRAS
(CÓDIGO DEL PROCESO)


               SECCIÓN VI

MODELOS DE FORMULARIOS



Formulario. No. 1



NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………..                           
(CÓDIGO DEL PROCESO)

CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO

Fecha:

Señor
(Máxima Autoridad)
(Nombre de la Entidad)
Presente

Señor Presidente:

El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por la (máxima autoridad) (nombre de la Entidad) para la ejecución del (nombre del proyecto), luego de examinar los Pliegos, al presentar esta oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal de ….. si es persona jurídica), (procurador común de …., si se trata de asociación) declara que:

1.      El oferente es elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y su Reglamento.

                        La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.

2.      Acepta el presupuesto establecido por la entidad contratante para cumplir con el trabajo indicado en el proceso (Código)

                        Declara, también, que la oferta la hace en forma independiente y sin conexión oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Menor Cuantía Obras y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable.

3.      Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos vehículos y materiales que se incorporarán a la obra, así como los que se utilizarán para su ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización.

4.      Suministrará la mano de obra, equipos y materiales requeridos para la construcción del Proyecto, de acuerdo con los Pliegos, y realizará las obras en el plazo y por los precios unitarios indicados en el Formulario de Oferta; y declara que al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.

5.      Se allana, en caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3 y 4 que anteceden, a que la entidad contratante le descalifique como oferente, o proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso.

6.      Conoce las condiciones del sitio de la obra y ha estudiado los planos, especificaciones técnicas, estudios y los Pliegos, y las aclaraciones y respuestas, y se halla satisfecho del conocimiento adquirido con relación a la obra que ha de realizarse.

7.      Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para este proyecto son solamente aproximadas y, por tanto sujetas a aumento o disminución, por lo que está dispuesto a efectuar los aumentos y disminuciones de las cantidades requeridas que fueren necesarios, a los precios unitarios de la oferta, y dentro de los límites indicados en los planos y especificaciones técnicas, y utilizando la modalidad que aplique de acuerdo con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP.

8.      De resultar adjudicatario, manifiesto que suscribiré el contrato comprometiéndome a ejecutar la obra sobre la base de los estudios con los que cuente la Entidad Contratante, los mismos que declaro conocerlos; y en tal virtud, no podré aducir error,  falencia o cualquier inconformidad de dichos estudios, como causal para solicitar ampliación del plazo, contratación de rubros nuevos o contratos complementarios.

9.      Conoce y acepta que la  (máxima autoridad de la CONTRATANTE) se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento de Menor Cuantía Obras, si conviniere a los intereses Nacionales o Institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a mi favor.

10.  Se somete a las disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General y de las Resoluciones del INCOP que sean aplicables.

11.  Garantiza la veracidad y exactitud de la información y las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, así como de toda la información que como proveedor consta en el portal,  al tiempo que autoriza al convocante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente.

12.  Declara bajo juramento que se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago, préstamo o servicio, entretenimiento, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador de la CONTRATANTE, y acepta que en caso de violar este compromiso, estar dispuesto a que la CONTRATANTE, observando el debido proceso, dé por terminado en forma inmediata el contrato, que se suscribe como resultado de esta invitación a ofertar y me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen, independientemente de la acción penal que pueda ejercer la CONTRATANTE.

13.  Así mismo declara, bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar, establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP, y de los artículos 110 y 111 de su reglamento general.

14.  En caso de que sea adjudicatario, conviene en:

a.   Firmar el contrato dentro del término de 15 días desde la  notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a  la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes.
b.   Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del término señalado,  se aplicará la sanción indicada en los artículos 35 y 69 de la LOSNCP.
c.   Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del contrato, y mantener o reparar la obra hasta su recepción definitiva.

(Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: d) Previamente a la firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país conforme lo disponen el Artículo 6 y la Sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP).


Atentamente:


-------------------------------------------------------
FIRMA EL REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN O PROCURADOR COMÚN









       Formulario No. 2
      
       NOMBRE DEL OFERENTE:   ………………………………………                
(CÓDIGO DEL PROCESO)


TABLA DE DESCRIPCIÓN DE RUBROS, UNIDADES, CANTIDADES Y PRECIOS

Hoja   de





































































NOTA: ESTOS PRECIOS NO INCLUYEN IVA.

PRESUPUESTO ACEPTADO ……...................................................(en letras)...................... US dólares 00/100




 (LUGAR Y FECHA)

-------------------------------------------------------
FIRMA EL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso).

       Formulario No. 3

       NOMBRE DEL OFERENTE:   ………………………………………                

(CÓDIGO DEL PROCESO)



DATOS GENERALES DEL OFERENTE

NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal o procurador común, de ser el caso).

DIRECCIÓN.
           
Ciudad:                      
Calle:
Teléfono(s):
Correo electrónico:

CEDULA DE CIUDADANÍA (PASAPORTE)

R.U.C:




                                                                                   
LUGAR Y FECHA  

______________________________________________   

FIRMA EL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso).




Formulario No. 4

NOMBRE DEL OFERENTE:  ………………………………..                    

(CÓDIGO DEL PROCESO)


Hoja.... de .....

EQUIPO ASIGNADO AL PROYECTO















EQUIPO ASIGNADO






DESDE
HASTA















































































(LUGAR Y FECHA)

-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)


Formulario No. 5

NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………                     
(CÓDIGO DEL PROCESO)

 Hoja.... de .....

EXPERIENCIA DEL OFERENTE












FECHAS DE EJECUCIÓN







INICIO
TERMINACIÓN

 A) EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES
 1







 2







 3







B) ACTAS DEFINITIVAS DE ENTREGA-RECEPCIÓN


C) CONTRATOS ADJUDICADOS O EN EJECUCIÓN 

































NOTA: Se adjuntarán las certificaciones correspondientes para cada caso.


(LUGAR Y FECHA):

FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)


Formulario No. 6

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………....                    
(CÓDIGO DEL PROCESO)


Hoja .... de .....

CRONOGRAMA VALORADO DE TRABAJOS


RUBRO
CANTIDAD
PRECIO
PRECIO
TIEMPO EN (semanas, meses)



UNITARIO
TOTAL
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
















































































































































INVERSIÓN MENSUAL















AVANCE PARCIAL EN %















INVERSIÓN ACUMULADA















AVANCE ACUMULADO EN %

















(LUGAR Y FECHA)        
                                                           ------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)



Formulario. No.   7


NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………...                           
(CÓDIGO DEL PROCESO)


ANEXO DE LA RESOLUCIÓN INCOP No.037-09
(sustitutiva de la Resolución INCOP No. 028-09)



1.FORMULARIO PARA IDENTIFICACION DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S)
O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA
OFERENTE (en el caso de que ésta no cotice sus acciones
y participaciones en bolsas de valores nacionales o extranjeras).

(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la Oferta Técnica)



NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………...                           

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:……………………………………………………

CÓDIGO DEL PROCESO: ………………………………………………………………
                       

(Fecha)


Señor
(Máxima Autoridad
ENTIDAD CONTRATANTE)
Presente


De mi consideración:

El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía ………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:

1.- Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación;

2.- Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.  

3.- Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:

a)        Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-;
b)         Descalifique a mi representada como oferente; o,
c)         Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual. 

Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

4.- Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente.

5.- Me comprometo a notificar a la entidad contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento.  En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.

Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP.

TIPO DE PERSONA JURÍDICA:     Compañía Anónima    
                                                            Compañía de Responsabilidad Limitada   
                                                            Compañía Mixta  
                                                            Compañía en Nombre Colectivo 
                                                            Compañía en Comandita Simple 
                                                            Sociedad Civil
                                                            Corporación    
                                                            Fundación  
                                                            Asociación o consorcio 
                                                            Otra


NOMBRES COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S)
MAYORITARIO(S)
NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA
DOMICILIO
FISCAL





















                                                           
NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato:


NOMBRES COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S)

NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA
DOMICILIO
FISCAL






















Atentamente,



------------------------------------------------------
FIRMA EL REPRESENTANTE LEGAL




2.DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE CUYAS ACCIONES SE NEGOCIAN EN BOLSAS DE VALORES NACIONALES O EXTRANJERAS

(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la oferta técnica)

NOMBRE DEL OFERENTE: ..........................................................................
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: ............................................................
CÓDIGO DEL PROCESO: ….......……………………….............................

(Fecha)

Señor
(Máxima Autoridad Entidad Contratante)
Presente

De mi consideración:

El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que  mi representada está registrada en la (BOLSA DE VALORES NACIONAL O EXTRANJERA), desde (FECHA DE REGISTRO) hasta la actualidad, y en tal virtud sus (acciones) se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores:

1.Garantizo la veracidad y exactitud de la información proporcionada en esta declaración, y autorizo a la entidad contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a cualquier órgano de control competente, a efectuar las investigaciones pertinentes para comprobar tal información.
2.Además, acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la entidad contratante:
a.   Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
b.         Descalifique a mi representada como oferente; o,
c.         Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
d.         Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

Atentamente,


……………………………………
FIRMA DEL REPRESENTENTA LEGAL

No hay comentarios:

Publicar un comentario